Éxito Noticias, 6 de noviembre 2024.- El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi, informó que para poder quitar la personería jurídica de cualquier partido político por la infracción de sedición es necesario la resolución de la autoridad competente.
“Pierde su personería jurídica si se comprobara si ese partido político cometió un acto de sedición, golpe de estado, o una figura de separatismo, si hubiera generado acciones separatistas, señala este articulado repito esa definición y esa comprobación no es de competencia del Órgano Electoral”, enfatizó el vocal.
En este sentido el vocal se refirió a las diferentes denuncias contra el MAS por supuestos apoyo económico desde el exterior y también por actos de sedición en los bloqueos realizados por mas de 22 días en el país, ratifico que debe ser el Ministerio Publico quien emita una determinación sobre estos delitos antes de que el TSE pueda tener una posición al respecto, ya que esta no es competencia del OEP.
“El Órgano Electoral no es Ministerio Publico y no tiene esa competencia de decidir su hubo o no sedición, entonces es necesario la participación de una tercera instancia, en funciona a esa sentencia el OEP teniendo esa sentencia adoptara una determinación”, destacó.