Éxito Noticias, 20 de agosto 2022.- La Subalcaldía Mallasa determinó dos horarios para el ingreso del transporte pesado al macrodistrito de Mallasa con el propósito de evitar el congestionamiento vehicular y anunció que las horas señaladas para el paso de volquetas y maquinaria pesada son controladas de manera estricta.
La Resolución Administrativa No 122/2022 entró en vigencia el lunes 15 de agosto y establece dos horarios, en los que el transporte pesado no podrá ingresar a Mallasa: 06:00 a 09:00 y de 18:00 a 20:00. Los puntos de control son: Parque Bartolina Sisa (Aranjuez); Rotonda Mallasilla; y, puerta del Bioparque Vesty Pakos.
La subalcaldesa de Mallasa, María del Carmen Navarro, informó que los horarios para el transporte pesado fueron coordinados con la Secretaría Municipal de Movilidad y Seguridad Ciudadana, instancia que además facilita efectivos de la Guardia Municipal para el cumplimiento de los horarios.
“Tengo que agradecer al personal de la Secretaría de Transporte y Seguridad Ciudadana que está apostado aquí, en diferentes puntos del macrodistrito, de manera que se pueda controlar y cumplir la resolución en la que el transporte pensado debe dejar de circular en las horas pico evitando congestionamiento”, dijo Navarro.
Navarro informó que la Subalcaldía de Mallasa y la Secretaría Municipal de Movilidad y Seguridad Ciudadana elaboraron un protocolo de actuación para el trabajo de los efectivos de la Guardia Municipal de Transporte para el control a la circulación de vehículos de carga pesada en los horarios señalados.
Explicó que el Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito, en su artículo 15, señala que la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (AMTT), en virtud a estudios técnicos que realice, podrá establecer restricciones a la circulación de vehículos motorizados, considerando los tipos de vehículos, horarios y/o determinadas áreas o vías públicas dentro de la jurisdicción del municipio de La Paz.
El Reglamento de la Guardia Municipal de Transporte, en su artículo 6 (Coordinación con la Policía Boliviana), conforme a lo dispuesto por los artículos 64 y 65 de la Ley Municipal de Transporte y Transito Urbano, determina que la Guardia Municipal de Transporte a través de la AMTT, podrá coordinar con la Policía Boliviana, en lo que corresponda y cuando fuera necesario la circulación vehicular y peatonal, infracciones y sanciones en materia de tránsito específicamente para ejecutar los planes destinados a mejorar la movilidad urbana y el transito que sean elaborados por la AMTT. También ejecutar las acciones de control que sean necesarias a fin de dar pleno cumplimiento a lo establecido en esta ley municipal.
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