Éxito Noticias, 17 de agosto 2026.- La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió la Resolución Constitucional N.º 240/2026, dentro de una acción de amparo presentada por Basilio Pérez Gómez contra el Ministerio de Educación. Según la denuncia, la determinación judicial favorece a Pérez Gómez y establece medidas que permitirían su restitución como Director Departamental de Educación.
Pese a la resolución emitida el 31 de julio, Pérez Gómez sostiene que el Ministerio de Educación todavía no habría cumplido con lo dispuesto por la justicia. Ante esta situación, presentó una sexta solicitud reiterativa dirigida al ministro Ricardo Erick Sanjinés Chávez, en la que exige el cumplimiento inmediato de la determinación constitucional y el levantamiento de las medidas cautelares que continúan afectando su situación jurídica.
En el documento, Pérez Gómez argumenta que las medidas cautelares ya no pueden mantenerse debido a que la resolución sancionatoria principal fue dejada sin efecto. Para sustentar su pedido, cita el criterio de la propia Sala Constitucional, que señala la imposibilidad de mantener medidas cautelares sobre la base de un proceso cuya resolución final fue anulada. Por ello, solicita al Ministerio adoptar las acciones administrativas necesarias para hacer efectivo el fallo.
El accionante advirtió además que el incumplimiento, la resistencia o un cumplimiento parcial de una resolución constitucional podría generar responsabilidades legales. En su solicitud menciona el artículo 179 Bis del Código Penal y anuncia que, si persiste la falta de cumplimiento, acudirá nuevamente a las instancias correspondientes para exigir la ejecución de la determinación judicial.
El caso pone nuevamente bajo cuestionamiento la obligación de las autoridades públicas de acatar las decisiones de la justicia constitucional. Mientras Pérez Gómez reclama su restitución y el cumplimiento de la Resolución Constitucional N.º 240/2026, se espera un pronunciamiento del Ministerio de Educación que explique su posición frente al fallo y las medidas que asumirá para dar cumplimiento a la determinación judicial.





