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    Lima deja en claro que en Bolivia no hay más de una sola posibilidad de reelección y que informe de la CIDH es vinculante

    Éxito Noticias, 27 de septiembre 2024.- El exministro de Justicia, Iván Lima dejó en claro este viernes que el informe 121/24 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ratificó que el fallo 1010/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dejó sin efecto la reelección indefinida y que la misma debe ser aplicada al ser de carácter vinculante.

    Lima ratificó su postura de que la reelección tanto continua y discontinua no está permitida en Bolivia y que no hay más de una sola posibilidad de reelección.

     “En la 1010/2023 se dice que la reelección es su norma continua y discontinua son inconstitucionales van en contra del artículo 168 de la Constitución y por lo tanto hay que descartar esta posibilidad. No hay discusión, ni debate si continua o discontinua no va, señores las opiniones son vinculantes, esta opinión vinculante ha reconocido la sentencia 1010 y la sentencia 1010 habla de la relección continua y discontinua. En Bolivia no hay más que una sola posibilidad de reelección, no hay otra discusión, esto ya se ha cerrado como debate político porque las opiniones consultivas de la Corte el año 2021 y este informe de la comisión interamericana están marcando un pensamiento jurídico que excluye el margen de apreciación nacional”, indicó.

    Ante ello, el exministro recordó que la realidad es que tanto la Comisión y la Corte actúan subsidiariamente cuando no actúa el TCP en el pais, ellos indican el derecho y ellos han decidido que en Bolivia la situación de la reelección ha quedado resulta por la 1010/2023 y que no existe más debate al respecto.

    “La comisión interamericana la máxima instancia de derechos humanos en la región para emitir este tipo de informes.  Si un informe tiene fuerza vinculante y en este caso que se han acumulado tres peticiones, tres casos y ha venido un informe final tenemos que tener certeza de que se trate de una opinión que va tener fuerza vinculante para el TCP, y para todos los actores políticos que tiene que ver con esta temática de la reelección”, añadió.

    Con ello queda claro que Evo Morales no puede volver a ser candidato en las siguientes elecciones presidenciales del 2025.

    El primer principio es la Constitución Política del Estado, en su artículo 168 establece que el mandato tanto de la “presidenta o presidente como de la vicepresidenta o vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”. La Sentencia Constitucional 1010/2023, aprobada en diciembre del año pasado, establece que la reelección presidencial indefinida no existe y “no es un derecho humano”.

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