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    Gobierno autoriza a privados importar y vender diésel y gasolina bajo reglas de mercado

    Éxito Noticias, 30 de junio 2026.- El presidente Rodrigo Paz promulgó el Decreto Supremo 5644, que autoriza de manera excepcional la importación y comercialización de diésel y gasolina por parte de personas naturales, empresas privadas y entidades públicas. La medida se enmarca en la emergencia energética vigente y busca ampliar la oferta de combustibles en el mercado interno.

    Según la norma, los privados podrán importar carburantes tanto para consumo propio como para su venta en el país, incluyendo estaciones de servicio. No obstante, este proceso estará sujeto a trámites y autorizaciones previas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas, que regularán su funcionamiento.

    El decreto establece que los combustibles importados deberán comercializarse a precios de mercado, mientras que YPFB continuará vendiendo carburantes con precios regulados y subvencionados. Esto da paso a un esquema de mercado dual, donde convivirán productos estatales y privados, aunque con estricta prohibición de mezclar ambos tipos de combustible o revender carburantes subvencionados como si fueran importados.

    Asimismo, la norma establece condiciones diferenciadas de comercialización según el volumen importado: para cantidades iguales o mayores a 5.000 litros, la venta podrá realizarse desde plantas de almacenamiento o refinerías hacia el consumidor final o estaciones de servicio; mientras que los volúmenes menores requerirán la constitución formal de estaciones de servicio bajo normativa vigente. Además, se fijan incentivos tributarios, como la alícuota cero del IEHD hasta 2030 y arancel cero para la importación de gasolina hasta 2026.

    Finalmente, el Gobierno sostiene que la medida busca incentivar la participación del sector privado para garantizar el abastecimiento de combustibles en el país. Sin embargo, su aplicación no será inmediata, ya que el decreto entrará en vigencia una vez que la ANH y el Ministerio de Hidrocarburos emitan la reglamentación operativa correspondiente, que definirá los procedimientos para la importación y comercialización.

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