Éxito Noticias, 17 de abril 2024.- En conferencia de Prensa el Tribunal Supremo Electoral (TSE), informo que la Sala Plena emitió dos resoluciones de rechazo a las solicitudes de supervisión a los congresos del MAS-IPSP, tanto el ala arcista como del ala evista.
“Se emitieron las Resolución 141/2024 y 140/2024, con relación a la solicitud de delegados del MAS-IPSP resuelve primero rechazar la solicitud de supervisión al décimo congreso ordinario del partido político Movimiento Al Socialismo, MAS-IPSP, por incumplimiento al artículo 8 para la supervisión de organizaciones políticas y lo dispuesto por la resolución constitucional 33/2023 de diciembre del 2023, y el auto del 2024, disponiendo el archivo del trámite”, detallo el secretario de Cámara del TSE.
Al mismo tiempo la autoridad recordó que se mantiene vigente la resolución 122/2024 toda vez que el plazo de 25 días calendario esta dispuesto en la resolución hasta abril del 2024.
“El día de hoy la sala plena a emitido estas resoluciones y ha sido notificada a los solicitantes, el fundamento las consideraciones, están en las resoluciones y serán notificadas, en el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en este sentido ya se ha pronunciado rechazando ambas solicitudes porque no se ha cumplido el estatuto de la organización política, pero también no se ha cumplido el punto 8 de la resolución de supervisión y exhortamos a que las organizaciones cumplan con sus estatutos y la normativa vigente y la ley de organizaciones políticas para que se pueda realizar los acompañamientos y se pueda registrar las directivas que no han llevado adelante sus elecciones internas”, destaco el Vocal Francisco Vargas.
En ambos casos se ha dispuesto el archivo del trámite y la organización política tienen un plazo de 25 días que finaliza el próximo 22 de abril esperamos que puedan llegar a dar cumplimiento a dar una solución y rectificando las observaciones técnicas y que se dieron a conocer de manera oportuna.
“Se hará un análisis general de todas las agrupaciones que enfrentan diferentes dificultades hemos instruido a la secretaria de cámara se pueda evacuar tanto de las agrupaciones ciudadanas como de los departamentales deben de fiscalizar a las agrupaciones políticas, en caso de incumplimiento el reglamento establece que se puede emitir la amonestación, y la norma señala que con tres amonestaciones es pasible al retiro de la personería jurídica”, detallo el vocal.
De esta manera Vargas enfatizo que el MAS-IPSP no tiene ningún tipo de amonestaciones en el OEP, y recordó que todos los partidos políticos que sumen tres amonestaciones puede perder su personería jurídica.