Éxito Noticias, 8 de julio 2025.- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaro que aún no tomó una decisión sobre la candidatura de Jaime Dunn. La Sala Plena continúa analizando la Resolución TSE-RSP-JUR N° 0116/2025, en la que se abordan aspectos jurídicos relacionados con su habilitación.
El documento, fechado el 8 de julio de 2025, menciona jurisprudencia anterior referida a candidatos con procesos administrativos por deudas públicas. En particular, cita el caso resuelto mediante la Resolución TSE/RSP/JUR N° 43/2021, que habilitó a un candidato tras acreditarse el pago, incluso parcial, de la deuda pendiente. En ese precedente, el Tribunal Electoral Departamental consideró el principio de verdad material y la existencia de una “Nota de Cargo” sin valor de deuda final, lo que permitió la habilitación del postulante.
Asimismo, la resolución en análisis hace referencia al caso López Mendoza vs. Venezuela, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se recuerda que dicha sentencia determinó que una inhabilitación para ejercer derechos políticos solo puede imponerse mediante decisión judicial en un proceso penal, no por vía administrativa, como fue el caso de la Contraloría en Venezuela.
Pese a estos fundamentos jurídicos incluidos en el borrador de resolución, hasta el momento la Sala Plena del TSE no ha aprobado ni votado el documento, por lo que la situación del candidato Jaime Dunn permanece sin definición oficial.