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    Siles: “En Bolivia está permitida una reelección por única vez, de manera continua y esto es caso cerrado”

    Éxito Noticias, 8 de noviembre 2024.- El ministro de Justicia, Cesar Siles, en entrevista con el programa Cable a Tierra de Radio Éxito, ratifico que de acuerdo a la Constitucion Politica del Estado (CPE), el auto constitucional emitido por el TCP, ratifica que en Bolivia una persona puede ser reelecto solo una vez de manera continua y “es caso cerrado y discusión ya no existente”.  

    “Ahora hemos tomado conocimiento de un auto constitucional en realidad porque emerge de una solicitud de aclaración y enmienda, donde un diputado hace la consulta, donde el en una primera legislatura es suplente, diputado titular en una segunda si pudiera ingresar a una nueva elección y le aclaran y le dicen que no puede, volviendo a los términos que lo hemos dicho, porque en Bolivia está permitida una reelección por única vez, de manera continua”, detalló el ministro.

    Al mismo tiempo el titular de Justicia recuerda que la Sentencia 1010/2023 ratifica que en Bolivia solo existe una reelección continua para presidente.

    “Yo ratifico un criterio que lo he debido emitir meses atrás en otra función que cumplía, recuerdo que a la audiencia y al pueblo que en rol de procurador general del estado habíamos emitido un criterio jurídico y especializado y voy a recordar las palabras, en Bolivia está cerrada la discusión la CPE ha vuelto a ser aplicada de acuerdo a la sentencia 1010/2023 y a la opinión consultiva 28/2021, y  la CPE señala que únicamente esta permitido una sola reelección en Bolivia y pare de contar y además caso cerrado y discusión ya no existente”, declaró.

    Para el ministro Siles esta decisión llega en un momento bastante complicado en el país, donde existen tensiones políticas, económicas y sociales.

    “Esto llega en un momento complejo parecería que el tribunal constitucional encuentra los peores momentos para emitir sentencias o resoluciones constitucionales, sin embargo, también en honor a la verdad es una solicitud ya leyendo el documento que se ha presentado hace mucho tiempo atrás de acuerdo al código procesal constitucional ellos tenían un plazo que no había pasado de 5 días hábiles para resolver y se han tomado más de seis meses”, expresó la autoridad.  

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