Éxito Noticias, 17 de mayo 2024.- Luego que fracasara la reunión de las tres fuerzas políticas en la Vicepresidencia del Estado, el jefe de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Jerges Mercado, señaló que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), debe dar una respuesta pronta a la solicitud enviada por el presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), David Choquehuanca.
“El TCP tiene que otorgar la tutela porque tiene que actuar en apego a la constitución y las leyes y tiene que corregir los errores cometidos en alguna de sus salas constitucionales como es el caso de Pando, quien no obró de acuerdo a la ley y además ha excedido sus competencias por prevalecer y defender un derecho individual que está afectando el derecho colectivo”, manifestó.
Mercado lamentó que la oposición una vez más intente frenar el avance que se tiene en este proceso y trate de “imponer” normas inconstitucionales.
El diálogo político sobre las judiciales no alcanzó acuerdos, por lo que el vicepresidente David Choquehuanca volvió a pedir al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) agilizar la sentencia sobre la revisión del fallo de la Sala Constitucional Primera de Pando que anuló la preselección y ordenó un nuevo proceso hacia las judiciales.
Choquehuanca reunión este jueves a los jefes de bancada del MAS, de Creemos y de Comunidad Ciudadana (CC), y a los presidentes de Diputados y Senadores, y de las comisiones mixtas de Justicia Plural y de Constitución para analizar caminos hacia la retoma del proceso de preselección de candidatos a las elecciones judiciales.
Sin embargo, “no fue posible encontrar puntos de coincidencia entre las fuerzas políticas que tienen representatividad en la Asamblea”, informó la Vicepresidencia en un comunicado.
Ante esa situación, la Presidencia de la Asamblea exhortó “al Tribunal Constitucional Plurinacional brindar certeza al pueblo boliviano, emitiendo de forma inmediata el fallo correspondiente que resuelva la revisión de la Resolución AP No 004/2024 de 30 de abril de 2024, pronunciada por la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro de la Acción Popular, que determinó la inaplicabilidad de la Ley 1549 y dejó sin efecto la convocatoria de preselección”.
Según la normativa, el TCP puede ratificar o modificar la sentencia en primera instancia.