Por Marianela Paco Durán
Desde los ojos del Constitucionalismo Plurinacional Comunitario Intercultural
Éxito Noticias, 9 de abril 2026.- El sello neocolonial: de 1953 a 2026. La administración inconstitucionalista, hiperpresidencialista, patriarcal, racista, neoliberal y neocolonialista de Rodrigo Paz Pereira, ayer 8 de abril, le puso el sello que su tío abuelo Víctor Paz Estensoro ya había utilizado en 1953. Porque tras el robo de la Revolución “india” de 1952 —que buscaba la devolución de sus tierras y territorio, convirtiéndose en dotación de tierras bajo un eslogan tramposo—, la frase “la tierra es de quien la trabaja” significó en realidad: instrumento de control político, mecanismo de transición hacia el capitalismo depredador agrario, promesa emancipatoria con efecto contrario y configuración de formas de concentración y despojo para mantener las desigualdades sociales.
Si bien en la promulgación de la Ley 157 no se pronunció esa frase, el escenario tuvo como origen el impulso legislativo de Branco Marinkovic, agroempresario y banquero de ascendencia yugoslava (migrantes de la 2da Guerra Mundial). Él modificó un proyecto de Ley presentado por quien traicionara la esencia de la Revolución Democrática de los Pueblos: el entonces presidente Luis Arce Catacora. Siguió un procedimiento legislativo acelerado e inconsulto. Este año 2026 sancionaron dicho proyecto, y ya en enero advertimos de vulneraciones a los mandatos Constitucionales en un artículo publicado.
El discurso de la “redistribución” como máscara del latifundio. Ideológicamente, la Ley 157 es el discurso mecanismo de legitimación de una aparente redistribución de tierras que materialmente se asignan o apropian los latifundistas – agroempresarios. Así se impone un Estado nacionalista desarrollista con el que se materializó:
- La desarticulación de las formas comunitarias indígenas (ayllu, marka), obligando luego por Constitución a sindicalizarse como vía de acceso a la tierra, no al territorio.
- El reemplazo de la lógica comunitaria y de la autosostenibilidad por la individualista y mercantil.
- La subordinación de las mayorías “indias” o Indígenas Originarias Campesinos, interculturales y pequeños productores con el engaño del crédito.
- La separación entre la lógica de la Madre Tierra y la noción liberal de propiedad privada como objeto de explotación.
La herencia maldita de 1953 y su consumación en 2026. No se olvide que la Ley de Reforma Agraria de 1953, jurídicamente hablando, promovió la parcelación excesiva (minifundio – surcofundio), debilitó las estructuras comunitarias, generó inseguridad jurídica a largo plazo y fortaleció el latifundio en oriente, desplazando y condenando a occidente como un espacio geográfico altamente fragmentado y empobrecido.
La ley de 1953 y la Ley 157 promulgada ayer 8 de abril son una evidencia de violación Constitucional. Traicionan el pluralismo -económico- inclusivo y garantista. Porque la consigna es: el campesino fue convertido en pequeño productor integrado al mercado, pero sin condiciones de competitividad: sin acceso a crédito, sin tecnología, sin infraestructura. Esto genera dependencia estructural que facilita procesos posteriores de venta forzada de tierras, migración, proletarización rural. Paralelamente, fortalece a los agroempresarios (en desmedro de las mayorías), favoreciendo la consolidación de élites económicas y la expansión del latifundio moderno, funcional al capitalismo depredador agrario.
La dimensión decolonial: despojo con nuevo rostro. Desde la dimensión de la dignidad o decolonial, esto es una forma de despojo con nuevas formas, con el que se vuelve a: invisibilizar la territorialidad indígena colectiva, subordinar saberes y formas de producción ancestrales (estas que deberían ser impulsadas, protegidas y garantizadas por la administración gubernamental), y consolidar el modelo extractivista. Así se reconfigura el poder colonial adaptado a las necesidades del capitalismo agrario.
¿Qué consecuencias vienen? Ya lo conocimos desde 1953 y fuere una de las causas para crear un instrumento propio para el ejercicio del derecho político al autogobierno, pero apunto lo que pasó:
- Pongueaje político
- Condicionamientos
- Subordinación política
- Destrucción de las organizaciones territoriales de base.
No se olvide lo que sostengo sobre esta evidencia del neocolonialismo republicanista neoliberal de la administración de Rodrigo Paz Pereira: es, desde su naturaleza apátrida e intencional, un gobierno que no OBEDECERÁ el mandato de la Constitución Política del Estado Plurinacional. Y eso es así porque viene desde las mayorías bolivianas y por la consecuente inaceptación que la casta tuvo en tiempos Constituyentes de 2006 – 2009.
El mandato Constituyente desobedecida intencionalmente. Lo que en la Bolivia Plurinacional que nació de la Asamblea Constituyente significa jurar la Constitución no es un acto de retórica; es un compromiso cósmico con la Pachamama – Madre Naturaleza – tierra, y con las Naciones y Pueblos históricamente oprimidos. Sin embargo, la reciente promulgación de la Ley 157 por el presidente Rodrigo Paz no es más que una puñalada burocrática al corazón del mandato Constituyente. Es la legalización del despojo envuelta en papel de regalo institucional para los agroempresarios.
Cuando el primer mandatario estampó su firma en esta norma, no ejerció la “facultad” de promulgar; incurrió en una omisión negligente de su deber constitucional de ser el guardián del interés colectivo. Ante la ley que legaliza el latifundio encubierto, la única actitud digna de un Estado Plurinacional era el veto. Sin embargo, asistimos a la consumación de una traición jurídica a las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos e Interculturales.
La Ley 157: consagración de la simulación. La Ley 157 es la consagración legislativa de la simulación. Es el certificado de defunción de la pequeña propiedad tal como lo soñaron nuestros abuelos. Lejos de ser una herramienta de liberación, es el maquillaje constitucional del agronegocio. Porque detrás de la hipócrita declaración de que beneficia al “pequeño productor”, se esconde la garra terrateniente del capitalismo extractivista depredador.
Los datos no mienten: cientos de miles de hectáreas en Santa Cruz y Beni fueron descuartizadas jurídicamente en parcelas fantasmas. Lo que la ley hace ahora es convertir la ilegalidad estructural en derecho positivo. Estamos ante un blanqueo de tierras a gran escala, donde el “palo blanco” es el nuevo rostro del esclavismo colonial. Esta norma no corrige vicios; los inmuniza. No desmonta el latifundio; lo maquilla de pequeña propiedad.
El poder fáctico aplaude, los pueblos observan. Rodrigo Paz promulgó esta ley sometido al poder fáctico. Lo hizo en la feria AGROPECRUZ, rodeado de ganaderos de élite y empresarios transnacionales, recibiendo el aplauso cómplice de Klaus Frerking y la CAO. Esa foto es la síntesis del despojo neoliberal con rostro de “diálogo nacional”. Mientras el mandato constitucional (Art. 9 numeral 1 CPE) es descolonización, en los hechos gubernamentales se perpetúa la estructura colonial de la tierra: el blanco rico produce, el Indígena Originario Campesino e Intercultural observa.
¿Debe acatarse una Ley Inconstitucional? No se pierda de vista que la Ley es nula por inconstitucional de corazón
La Ley 157 es el fin de la revolución agraria anhelada desde nuestros ancestros. Es el triunfo del agronegocio transgénico sobre la agricultura familiar sostenible. Es la resurrección del gamonalismo bajo la máscara del empresario “eficiente”.
Frente a esto, as Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesino e Intercultural deben tomar conciencia y decidir si acatan o no una Ley inconstitucional. No hay mandato constituyente que legitime la conversión del fraude en ley. No debe aceptarse un Gobierno que aplaude el latifundismo y es compinche del agronegocio capitalista depredador, mientras criminaliza a los movimientos sociales.
El Estado nacionalista desarrollista es ajeno al Estado Plurinacional.





