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    Morales aprobó el decreto que ordena informar a Impuestos operaciones mayores a Bs 50.000

    Éxito Noticias, 10 de noviembre 2024.- Contradictoriamente a lo que ahora critica, fue el propio Evo Morales quien aprobó el decreto supremo 772 que ordena a los contribuyentes informar al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) las transacciones superiores a Bs 50.000, recordó el presidente del ente recaudador Mario Cazón.

    “No representa ningún tipo de control al movimiento del patrimonio como lo ha señalado el expresidente Evo Morales (y) la verdad, como profesional, me siento muy triste porque él ha gobernado bastantes años y no sé por qué firmó el decreto 772 o cómo firmaba, no sé quién administraba el país”, cuestionó.

    Se trata del decreto supremo 772. Fue aprobado por el gobierno de Morales el 19 de enero de 2011 para reglamentar la aplicación de la Ley 062, de 28 de noviembre de 2010, que aprueba el Presupuesto General del Estado – Gestión 2011.

    El artículo final 4 de las disposiciones finales de esa norma estable: “De conformidad al Artículo 20 de la Ley Nº 062, que modifica el numeral 11 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, se reemplaza el Artículo 37 del Decreto Supremo Nº 27310, de 9 enero de 2004, modificado por el Parágrafo III del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 27874, de 26 de noviembre de 2004, con el siguiente texto:

    “Se establece el monto mínimo de Bs 50.000.- (Cincuenta mil 00/100 Bolivianos) a partir del cual todo pago por operaciones de compra y venta de bienes y servicios, debe estar respaldado con documento emitido por una entidad de intermediación financiera regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI.

    La obligación de respaldar el pago con la documentación emitida por entidades de intermediación financiera, debe ser por el valor total de cada transacción, independientemente a que sea al contado, al crédito o se realice mediante pagos parciales, de acuerdo al reglamento que establezca el Servicio de Impuestos Nacionales y la Aduana Nacional, en el ámbito de sus atribuciones.”

    Para cumplir con este procedimiento, se habilitó el Aplicativo Da Vinci, pero éste tenía bastantes observaciones, por lo que el SIN creó el Sistema de Registro Auxiliar de Bancarización a través del SIAT en Línea.

    “Este sistema es un medio para informar a la administración tributaria, a través del SIAT en Línea, las transacciones de compra y venta de bienes y servicios que tiene un monto igual o mayor a 50.000 bolivianos”, explicó Cazón.

    Está orientado a los contribuyentes que tienen la obligación de informar de operaciones cuyo pago se haya efectuado con instrumentos emitidos por el sistema financiero, así como también el Banco Central de Bolivia (BCB).

    A pesar de haber promulgado ese decreto, Morales indicó el 6 de noviembre, por su cuenta en X, que el “anuncio de bancarización obligatoria impone un control alarmante sobre el patrimonio del pueblo y su propiedad privada, mismo que denunciamos oportunamente tras la emisión del DS. 4732”.

    “Estas políticas nos recuerdan a la peor época del neoliberalismo, cuando el Gobierno por falta de recursos, incrementó la presión tributaria afectando el bienestar del pueblo”, acusó el exmandatario.

    Cazón replicó que esta medida no es un impuestazo y le recordó a Morales que el SIN no tiene tuición para crear impuestos, sino los diputados y senadores a través de una ley.

    Enfatizó, además, que las personas naturales que no son contribuyentes no están obligadas a informar a la administración tributaria sus operaciones de compra venta.

    “Ningún contribuyente tiene que pagar absolutamente nada a la administración tributaria por la remisión de información de las operaciones que tengan de compra o venta iguales o mayores a 50 mil, no es un impuesto, nadie tiene que pagar absolutamente nada”, recalcó.

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