Éxito Noticias, 9 de octubre 2024.– El gabinete presidencial aprobó este miércoles un decreto supremo que reglamenta la Ley 100 con el objeto de controlar el tránsito ilegal de alimentos en zonas fronterizas y contribuir a la prevención del contrabando a la inversa, informó el ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca.
“Con el objeto de controlar el tránsito ilegal de alimentos a la zona de seguridad fronteriza y de esta manera contribuir a la prevención del contrabando. Con esta medida continuaremos garantizando la estabilidad de los precios, el abastecimiento de alimentos”, afirmó la autoridad.
Explicó que el Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad establecerá las siguientes medidas de prevención y control al contrabando: Una lista de alimentos sujetos a control en su traslado, como el arroz, carnes de pollo, res y cerdo, aceite, azúcar, huevo, papa e incluso verduras y ganado en pie, entre otros productos.
Para el control, se emitirán los “Certificados de Abastecimiento en Áreas Fronterizas”, que servirán para controlar el traslado de volúmenes suficientes para garantizar el abastecimiento de alimentos a zonas fronterizas.
“Eso quiere decir que quienes viven en las zonas fronterizas, como Desaguadero, por ejemplo, van a ser abastecidos con suficiente alimento para que no sean afectados. Productos que se trasladen en demasía van a ser sujetos a control y decomiso”, añadió Huanca.
Otra medida implica mejorar la supervisión y control de lucha contra el contrabando. Para esto, el Ministerio de Defensa gestionará la apertura de oficinas regionales del Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando en los municipios fronterizos.
El ministro aclaró que esta normativa no alcanza al traslado de alimentos destinados al consumo doméstico. Tampoco a la exportación formal de alimentos, debido a que ello cuenta con la Declaración de Exportación que habilita a transitar libremente sus productos y llevar hacia otros países.