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    El nuevo Registro Nacional de Contribuyentes evita que se altere la información tributaria

    Éxito Noticias, 29 de junio 2025.- El Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) evita la alternación de la información tributaria de los contribuyentes, permite la verificación en línea de datos con otras instituciones públicas como el SEGIP, SERECI y SEPREC, además de la identificación del contribuyente por Actividad Económica, entre otros nuevos beneficios.

    La Administración Tributaria implementó en mayo de 2025 el RNC (denominado antes Padrón Biométrico Digital-PBD), mediante el Sistema Integrado de la Administración Tributaria en Línea (SIAT en Línea), para modernizar y optimizar los procesos de gestión de los contribuyentes con herramientas tecnológicas acordes a la era digital, totalmente en línea, sin necesidad de acudir a una oficina de la Administración Tributaria.

    Con la implementación del RNC, Impuestos Nacionales fortaleció el uso de internet para la obtención del Número de Identificación Tributaria (NIT), con mayor seguridad de la información que el contribuyente proporciona al SIN con fines netamente tributarios.

    El cruce de información con instituciones públicas como el Servicio Plurinacional de Registro Comercial (SEPREC), el Servicio de Registro Cívico (SERECI) y el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) mejorará la calidad de la información tributaria y evitará casos como la suplantación de identidad, por ejemplo.

    La optimización de la información tributaria incluye la verificación eficiente de la Actividad Económica que desarrolla el contribuyente, de acuerdo con la Clasificación de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB 2022), con la consiguiente identificación por sectores económicos y subsectores.

    Plazos de inspección In Situ

    Durante la inspección In Situ para la obtención del NIT, la Administración Tributaria verificará los siguientes datos declarados por la persona con actividad económica: ubicación de domicilios, actividad(es) económica(s) y requisitos en documentos originales.

    En la modalidad en línea, la inspección In Situ será realizada hasta los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción. En la modalidad presencial (desde una Plataforma de Atención al Contribuyente), la inspección In Situ se efectuará hasta los diez días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción.

    En ambos casos, cuando la dirección del domicilio tributario y/o comercial o productiva declarada se encuentre ubicada fuera de las ciudades capitales o localidades en las cuales la Administración Tributaria disponga de una Agencia Tributaria, el plazo para la inspección se ampliará en cinco días hábiles adicionales.

    Estos plazos permitirán al SIN veritificar la información tributaria proporcionada por la persona con actividad económica y esteblecer adecuadamente la actividad a la que se dedica.

    La inspección In Situ, alcanzará a aquellos contribuyentes que registren una actividad económica gravada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) u otros regímenes especiales para verificar su correspondencia.

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