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    El BCB en coordinación con ASFI y UIF actualiza normativa en torno a los activos virtuales

    Éxito Noticias, 26 de junio 2024.- El Banco Central de Bolivia (BCB), comunica a la opinión pública que mediante Resolución de Directorio N°082/2024, de 25 de junio de 2024 dejó sin efecto la Resolución de Directorio N°144/2020, de 15 de diciembre de 2020, habilitando, de esta manera, el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de Activos Virtuales.

    Esta decisión fue efectuada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), considerando la Evaluación Mutua del Estado Plurinacional de Bolivia 2024 que realizó el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), que entre una de sus recomendaciones señala: “…considerar la regulación del Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) conforme a la política pública que se defina en el contexto boliviano” y tomando en cuenta que el último periodo se ha ido generando una base jurídica la cual permitirá afrontar nuevos desafíos en este proceso de modernización.

    “El BCB, en el marco de sus políticas, ha impulsado continuamente la modernización del sistema de pagos nacional y el desarrollo de la infraestructura de pagos, viabilizando con sus acciones la adopción de innovaciones tecnológicas y nuevos esquemas de pago, constituyéndose en la actualidad en un referente regional en términos de interconexión, interoperabilidad e inclusión financiera digital, promoviendo una participación activa e igualitaria de entidades bancarias y no bancarias, favoreciendo la democratización de los servicios financieros. En este marco, la Resolución de Directorio N°084/2024, proporcionará a la población un mecanismo adicional que coadyuvará con el fortalecimiento de las actividades financieras y comerciales”, afirmó el Presidente a.i. del Ente Emisor, Dr. Edwin Rojas Ulo.

    ASFI, en el marco de sus competencias, efectuará el respectivo control de las Entidades de Intermediación Financiera en cuanto a los medios que éstas proporcionen para la adquisición de activos virtuales; asimismo, brindará educación financiera para que la población conozca sobre los temas inherentes con relación a la compra de este tipo de activo, dijo la directora de la entidad, Ivette Espinoza.

    Por su parte, la UIF en el marco de sus atribuciones, aplica medidas preventivas para identificar posibles operaciones sospechosas vinculadas a legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo; en este contexto, se realizarán las adecuaciones normativas pertinentes coadyuvando a evitar que las transacciones con activos virtuales sean utilizadas por organizaciones delictivas, manifestó Pamela Troche, directora de esta institución.

    El BCB enfatizó que la única moneda de curso legal en el país es el Boliviano conforme a la Ley N°901 de 28 de noviembre de 1986. En este sentido, un activo virtual no es una moneda de curso legal, no es efectivo y no existe obligación, por parte de la población, para recibirlos como medio de pago, por lo que los riesgos inherentes al uso y comercialización de los mismos serán asumidos por los usuarios de dichos activos.

    Finalmente, el Ente Emisor, a través de la R.D. N°082/2024, incorporará en su Plan de Educación Económica y Financiera aspectos conceptuales y los riesgos asociados a las operaciones con activos virtuales a fin de promover un mayor conocimiento y uso informado de la población.

    El BCB comprometido con la estabilidad y el desarrollo económico del país.

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