Éxito Noticias, 26 de agosto 2022.- La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) rechazó la decisión del órgano Legislativo de sancionar sin modificaciones el proyecto de Ley de “Procedimiento especial para la restitución de derechos laborales fundamentales” por violentar, según el ente matriz, derechos constitucionales de los empresarios, emprendedores y toda persona que, en uso de sus prerrogativas legales, realiza contrataciones laborales en el ámbito de la normativa vigente.
“Nos preocupa que los legisladores no hayan considerado ninguna de las observaciones, sustentadas por argumentos jurídicos, técnicos y procedimentales, que nuestra institución y otras organizaciones empresariales, expusimos directamente y señalamos por escrito, a las Presidencias de Cámaras y a las Comisiones que trataron el tema”.
dice el pronunciamiento emitido esta jornada.
Para el empresariado privado, la norma sancionada este miércoles vulnera el principio de igualdad, al anteponer los derechos de algunos trabajadores por sobre los de los empleadores, en temas como el sostenimiento del trabajo y la remuneración, “otorgándoles a los mismos una jerarquía incluso superior a las garantías constitucionalmente establecidas”.
Sostuvo, además, que la decisión de no escuchar ningún argumento de la parte afectada injustamente por esta norma “muestra una actitud discriminatoria que no se puede aceptar en un Estado de derecho”.
“Hacemos notar que el ordenamiento legal vigente ya está diseñado para garantizar la estabilidad laboral, autorizando la desvinculación en situaciones claramente definidas”, indica el ente matriz, a tiempo de advertir que la nueva norma “no solo va a generar una grave distorsión jurídica, sino que va a reactivar una falsa confrontación entre trabajadores y empresarios, al romper el equilibrio que se produce en un acuerdo laboral voluntario entre partes”.
Asimismo, denuncia que, antes de proteger la estabilidad laboral, el Gobierno continúa en la sistemática tarea de precarizar la situación de las empresas, especialmente del sector productivo formal, obligándolas a reducir las posibilidades de contratación y sostenimiento de fuentes de trabajo, lo que se vuelve más grave en un momento de evidente crisis e incertidumbre que afecta el empleo y los ingresos de la población.
El proyecto de Ley define como “injustificados” el despido unilateral y arbitrario por parte del empleador y la inasistencia injustificada del trabajador por seis días laborales continuos, por lo que dispone que los empleadores reincorporen a esos trabajadores a sus puestos labores y les paguen por los meses que duró la desvinculación.
La norma se aplica para trabajadores que cumplen actividades bajo la Ley General del Trabajo y tiene por objeto preserva la estabilidad en caso de despido injustificado. El trabajador afectado tendrá un plazo de tres meses, a partir de la comunicación verbal o escrita del despido, para acudir al Ministerio de Trabajo y presentar la denuncia y la correspondiente solicitud de restitución laboral.
La CEPB expresó su esperanza de que el presidente del Estado, Luis Arce, considere la devolución del proyecto de Ley referido, a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para su revisión y ajuste a los principios constitucionales.





