Éxito Noticias, 23 de agosto 2024.- Mediante un comunicado la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aclaró que “no se ha emitido ninguna normativa para que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) restrinjan los montos para el uso de tarjetas de crédito y débito en el extranjero”.
Sin embargo indicó que las Entidades de Intermediación Financiera “fijaron límites” para los gastos efectuados con tarjetas de crédito y de débito en el extranjero, “ante el masivo e inusitado incremento en los consumos efectuados, no habituales, cuya cuantía se ha triplicado” en lo que va del año.
“Cabe aclarar que las EIF, en el marco de sus políticas y procedimientos, fijaron límites para los gastos efectuados con estos instrumentos electrónicos de pago, ante el masivo e inusitado incremento en los consumos efectuados, no habituales, cuya cuantía se ha triplicado en lo que va de la presente gestión, adecuando así sus controles, en función a los estándares internacionales determinados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), ante este tipo de eventos”, señala.
Asimismo, la ASFI “para garantizar la continuidad de los servicios financieros modificó el Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros, incluyendo la obligación para que EIF aseguren la continuidad de los servicios financieros ofrecidos, sometiéndose al proceso sancionatorio correspondiente en caso de incumplimientos”, indica la nota.
Ayer Ivette Espinoza, directora de la ASFI, explicó que la creciente demanda de dólares a través de estas operaciones estaba siendo aprovechada para actividades como el cambio de fichas de casino o la compra masiva de productos en países limítrofes para obtener dólares y revenderlos en el mercado paralelo.
Reportó que este comportamiento generó preocupación, debido a que el uso de tarjetas en puntos de venta (POS) y cajeros automáticos (ATM) en el exterior se había incrementado en un 387% y un 227%, respectivamente.